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miércoles, 21 de octubre de 2026
Autónomos

Verifactu se retrasa a octubre de 2028, pero el anuncio aún necesita pasar por el BOE

Hacienda ha comunicado su intención de coordinar Verifactu con la factura electrónica B2B. Mientras no se publique la modificación normativa, siguen vigentes formalmente los plazos de 2027.

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Javier Quesada / Unsplash · Unsplash License

El Ministerio de Hacienda ha anunciado que pretende retrasar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de los sistemas informáticos de facturación conocidos como Verifactu. El objetivo declarado es coordinar su implantación con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. La noticia concede más tiempo a pymes y autónomos, pero contiene un matiz jurídico decisivo: el nuevo calendario todavía necesita plasmarse en una norma publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Hasta que esa modificación se produzca, las fechas formalmente vigentes continúan siendo el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales incluidos en el Reglamento de sistemas informáticos de facturación. Confundir una intención administrativa con una norma en vigor puede llevar a paralizar adaptaciones que todavía tienen un plazo legal más próximo.

Qué ha anunciado Hacienda y qué sigue vigente

La comunicación de Hacienda plantea llevar las obligaciones pendientes a octubre de 2028. La razón es evitar que los negocios acometan dos transformaciones tecnológicas separadas: adaptar primero su software a los requisitos de integridad y trazabilidad de Verifactu y, después, conectarlo con la factura electrónica B2B desarrollada a partir de la Ley Crea y Crece.

Sin embargo, el repositorio normativo de Hacienda sigue recogiendo el calendario introducido por el Real Decreto-ley 15/2025. Por eso, una empresa no debería tratar octubre de 2028 como fecha jurídicamente cerrada hasta conocer el texto definitivo, su entrada en vigor y si establece transitorios diferentes según tipo de contribuyente.

Verifactu y factura electrónica no son lo mismo

Verifactu regula cómo deben comportarse los programas que soportan procesos de facturación: registros inalterables, conservación, trazabilidad y, en la modalidad verificable, remisión a la Agencia Tributaria. La factura electrónica B2B regula el formato y el intercambio de facturas entre empresarios y profesionales. Ambos proyectos se relacionan, pero tienen bases legales, obligaciones y desarrollos técnicos distintos.

La Orden HAC/1028/2026, publicada el 5 de octubre, regula la solución pública de facturación electrónica. Esa orden no sustituye por sí sola la modificación pendiente del calendario de Verifactu. La coordinación técnica anunciada puede reducir duplicidades, aunque todavía deben aclararse fechas exactas, alcance y compatibilidad entre plataformas.

Qué deben hacer ahora pymes y autónomos

El primer paso es inventariar el sistema utilizado para emitir facturas. Una hoja de cálculo, un programa instalado, un ERP o una aplicación en la nube pueden quedar sujetos a requisitos diferentes según su función. También conviene pedir al proveedor una declaración escrita sobre la versión adaptada, el calendario de actualización y la conservación de los datos.

Parar toda preparación sería arriesgado. Los cambios afectan procesos contables, permisos de usuarios, numeración, correcciones, copias de seguridad y formación. Dos años adicionales pueden reducir el coste de una migración precipitada, pero no eliminan la necesidad de depurar clientes, series y circuitos de aprobación.

Contratos de software y costes ya asumidos

Los negocios que ya hayan contratado una adaptación deberían revisar hitos, mantenimiento y cláusulas de cambio normativo. Si el producto cumple los requisitos actuales, el aplazamiento no lo convierte en inútil. Puede mejorar control interno y reducir errores. Lo importante es evitar pagar dos veces por funcionalidades que el proveedor deba mantener como parte del servicio.

También es prudente separar decisiones reversibles de las definitivas. Se puede limpiar la base de datos, probar entornos y formar al equipo sin activar todavía el envío de registros. La empresa debe conservar evidencia de sus decisiones y verificar con su asesor qué obligaciones le afectan por actividad, forma jurídica y software.

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Imagen: Ansar Naib / Unsplash (Unsplash License).
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El riesgo de una transición mal coordinada

La principal ventaja del aplazamiento sería sincronizar especificaciones. La principal amenaza es que la incertidumbre genere otro ciclo de espera y una concentración de implantaciones en los últimos meses. Proveedores y asesorías necesitarán capacidad para migrar miles de clientes; dejarlo todo para 2028 puede reproducir el cuello de botella que el retraso pretende evitar.

La fecha útil será la que aparezca en el BOE. Hasta entonces, la estrategia sensata combina vigilancia normativa y preparación técnica gradual. Hacienda ha anunciado una dirección; todavía falta el instrumento jurídico que convierta esa dirección en obligación exigible.

Calendario normativo: anuncio frente a obligación

Elemento Situación a 16 de octubre de 2026
Sociedades 1 de enero de 2027 en la norma vigente
Resto de empresas y autónomos 1 de julio de 2027 en la norma vigente
Octubre de 2028 Calendario anunciado, pendiente de modificación normativa
Factura electrónica B2B Desarrollo técnico separado, aunque coordinado

Preguntas frecuentes sobre el nuevo retraso

¿Puedo dejar de adaptar el programa?

No es prudente cancelar el proyecto basándose únicamente en el anuncio. Se puede revisar el calendario y evitar gastos urgentes, pero conviene mantener pruebas, depuración de datos y contacto con el proveedor. Si el BOE cambia las fechas, habrá más margen; si introduce matices, la preparación realizada seguirá siendo útil.

¿El aplazamiento elimina la factura electrónica?

No. Verifactu y factura electrónica B2B son obligaciones relacionadas, pero diferentes. La intención es coordinarlas, no derogarlas. Una empresa debe seguir las especificaciones de ambas y evitar asumir que un retraso en una cancela la otra.

¿Qué documentos debe conservar la empresa?

Contratos de software, comunicaciones del proveedor, versiones instaladas, pruebas y decisiones internas. Esa trazabilidad ayuda a demostrar diligencia y facilita reclamar si una solución vendida como adaptada no cumple. También permite al asesor identificar qué cambió cuando se publique la norma definitiva.

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Cómo aprovechar el margen sin perder tiempo

El periodo adicional puede utilizarse para unificar series de facturación, eliminar duplicados, asignar permisos y definir circuitos de rectificación. Son mejoras que reducen riesgo fiscal incluso antes de que Verifactu sea obligatorio. La implantación debe ser un proyecto de procesos, no una compra de última hora.

Los proveedores, por su parte, deberán explicar si la actualización está incluida, cómo exportan los datos y qué ocurriría si el cliente cambia de programa. La portabilidad evita dependencia y permite comparar precios sin perder históricos.

Responsabilidades dentro de la empresa

Dirección, asesoría y proveedor tienen funciones diferentes. La dirección aprueba presupuesto y calendario; la asesoría interpreta la obligación; el proveedor garantiza que el programa incorpora especificaciones. Delegar todo en uno solo crea puntos ciegos. Debe existir una persona responsable de coordinar pruebas y conservar evidencias.

Las empresas con varios centros, series o plataformas necesitan además un mapa de integraciones. Tiendas, comercio electrónico y facturación central pueden generar registros distintos. La adaptación será más sencilla si se identifica antes qué sistema crea cada factura y quién puede corregirla.

Evitar dos errores opuestos

El primero es gastar con urgencia en una solución cerrada sin portabilidad. El segundo, esperar a la última semana porque “se ha aplazado”. Un plan gradual reduce ambos riesgos: seleccionar proveedor, probar exportación, formar usuarios y activar funciones cuando la norma quede cerrada.

Decisión práctica para 2027

Las empresas deberían mantener un calendario interno basado en la norma vigente y actualizarlo cuando el BOE publique el cambio. Esa disciplina evita rumores y versiones comerciales contradictorias. Una alerta jurídica mensual y un responsable bastan para seguir el proceso sin dedicar recursos excesivos.

El retraso anunciado es una oportunidad para implantar bien, no para abandonar. La diferencia entre ambas estrategias aparecerá cuando miles de negocios soliciten ayuda al mismo tiempo.

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Claves para seguir la noticia

En la práctica, la decisión empresarial prudente consiste en mantener el proyecto de adaptación activo, documentar las decisiones de software y revisar contratos con proveedores. El anuncio político modifica el horizonte esperado, pero no elimina la necesidad de conservar trazabilidad, integridad y acceso a los registros. Una eventual reforma deberá precisar además el régimen transitorio y su coordinación con los territorios forales. Hasta entonces, separar obligación vigente, anuncio y calendario probable evita costes por decisiones precipitadas.

Fuentes y metodología

Este artículo se ha elaborado contrastando documentación primaria, comunicados y cobertura independiente consultados el 16 de octubre de 2026.

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